Micelio
Auto10 de febrero de 2022

A- de 2022

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Carvajal Silva Carlos Humberto, Chinchilla Ballena Grimileth Y Otros·Demandado Agencia Nacional De Tierras

Tema · dato duro
Proceso Que Pretende La Ejecución De Obligaciones Emanadas De Sentencia Proferida Por Jurisdicción Diferente De La Contencioso Administrativa.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Procesos que pretenden la ejecución de obligaciones emanadas de sentencias proferidas por jurisdicción diferente de la Contencioso Administrativa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá – Sala Civil- y el Juzgado 32 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda ejecutiva interpuesta por unos ciudadanos en contra de la Agencia Nacional de Tierras, con el fin de que se libre mandamiento de pago por los perjuicios compensatorios derivados del incumplimiento de las obligaciones de hacer contenidas en una sentencia SU emitida por la Sala Plena de la Corte Constitucional.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que corresponde a la jurisdicción ordinaria el conocimiento de los procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de sumas de dinero invocando para ello el incumplimiento de ordenes contenidas en una sentencia judicial proferida por una jurisdicción diferente a la de lo contencioso administrativo.

Lo anterior, con fundamento en los artículos 12 de la Ley 270 de 1996, 15 y 422 del Código General del Proceso.

Con base en lo anterior se dispuso el envío del expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá -Sala Civil para que proceda con lo de su competencia y comunique la decisión a los interesados y a las autoridades judiciales involucradas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción entre el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá -Sala Civil- y el Juzgado 32 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá -Sala Civil- es la autoridad competente para conocer del proceso ejecutivo presentado por el señor Carlos Humberto Carvajal Silva y otros, contra la Agencia Nacional de Tierras.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-301 al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá -Sala Civil- para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados, así como a las autoridades judiciales involucradas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.